Colombia con seguridad


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Pasadas varias extensiones al plazo, desde el 1 de enero de 2018 no pueden matricularse ni venderse vehículos nuevos sin ABS y doble airbag.
El Ministerio de Transporte, oportunamente postergó el plazo para permitir la venta de vehículos sin los mínimos elementos de seguridad, con el fin de atender la solicitud presentada por gremios y representantes de los importadores, ensambladores, fabricantes y comercializadores de vehículos del país, ante la dificultad inminente de culminar el proceso de comercialización y de registro o matrícula antes del 30 de abril de 2017.

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Actualmente no pueden matricularse ni venderse en Colombia vehículos que en su apartado de seguridad no equipen como mínimo el ABS para los frenos, dos bolsas de aire frontales y apoyacabezas en los puestos con cinturones de seguridad de tres puntos.
Destaquemos que si bien estos elementos son vitales para proteger a los ocupantes de un vehículo durante un choque, reduciendo su posibilidad de sufrir lesiones, es vital que dicho vehículo cuente con una estructura que sea capaz de absorber y disipar eficientemente la energía del golpe.

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Como lo planteamos en anteriores entregas, los requisitos deben hacerse más exigentes, agregando el requerimiento del control de estabilidad, en tanto que para el caso de las motos también debería avanzar con la exigencia de ABS o al menos CBS (sistema de freno combinado), según la cilindrada con la que cuenten.

Por David Gil Fuente: Asociación del Sector Automotriz y sus Partes - Colombia

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