El grabado de autopartes


El Registro de Verificación de Autopartes, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad de la ciudad de Buenos Aires, recordó que “en la Ciudad la ley 3.708 y en la Provincia de Buenos Aires la ley 14.447 obligan a la identificación de piezas, lo que constituye un sistema de trazabilidad que tiene como objetivo desalentar el robo de vehículos y romper el negocio de la venta ilegal de autopartes”.

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Se indica que “El hecho que las autopartes estén grabadas hace que aquel que las tuviera en su poder, no pueda afirmar que desconoce el origen ilícito de las mismas, convirtiéndolo cuanto menos en presunto autor del delito de encubrimiento”.

Como parte del programa de prevención y detección de este tipo de ilícitos, se informó que se realizan operativos a diario, y en allanamientos realizados se secuestran permanentemente autopartes robadas.

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Al encontrar en los sitios allanados, autopartes con numeraciones limadas, con pedido de secuestro o sin el sticker correspondiente, transforma a los responsables de los locales en autores de los siguientes delitos: falsificación, adulteración o supresión de numeraciones colocada por autoridad competente, encubrimiento e infracción a la ley de desarmado de automotores. Esto puede llevar a penas de hasta 3 años de prisión o multas de hasta $200.000.

Recordemos que el grabado de autopartes, rige como requisito de circulación, e incluso es solicitado para la realización de trámites en los Registros Automotores y por el seguro del vehículo.

Por David Gil
Fuente: Registro de Verificación de Autopartes

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