Talleres Mecánicos, cómo evitar multas y clausuras

POR Taller Actual

Todos los establecimientos que se encuentren en la Ciudad de Buenos Aires, encuadrados dentro del rubro Taller Mecánico c/s Chapa y Pintura, son alcanzados por diversas normas de carácter Nacional y Municipal.

Para asegurar su correcto funcionamiento, existen diferentes Organismos de Contralor, que se encargan de hacer cumplir las distintas normas. Dicha legislación, establece pautas y condiciones como ser estructura edilicia, habilitación municipal, gestión de residuos peligrosos, de higiene, seguridad y medio ambiente.
Este primer informe, tiene por objeto contar con un resumen de lo más completo y detallado posible sobre los aspectos que deben cumplir, de acuerdo a la reglamentación vigente y de este modo evitar multas y clausuras.

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A tener en cuenta para iniciar una nueva habilitación:

1) ZONIFICACION:

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó el nuevo código urbanístico a partir del 2019 con muy importantes modificaciones. Las zonificaciones pasan a llamarse Mixturas y las clasifican de acuerdo a la complejidad en: 

Mixtura 1 – Comercio, casa, colegio, policía, hospital, escuela en escala pequeña, etc. Hasta 200m2
Mixtura 2 – Comercio, casa, colegio, policía, hospital, escuela en mediana escala, etc con Oficinas Hasta 500m
Mixtura 3 – Comercio, casa, colegio, policía, hospital, escuela en mediana escala con Talleres y Depósitos Hasta 500m2 + depósito
Mixtura 4 – Comercio, casa, colegio, policía, hospital, escuela en gran escala con Oficinas.

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En lo que respecta a la Zonificación APH continúa siendo obligatorio realizar consulta en el área de Planeamiento Urbano, lo que puede demorar la contestación entre 60 a 90 días.

2) DIMENSIONES:

Para habilitar un local para mecánica integral se deberá tener en cuenta: 

Menos de 500 Mts: Habilitación Sin Plano. (Impacto Ambiental S.R.E. Con Condiciones). Si es con Chapa y Pintura NO Lleva Plano de Incendio. 
Más de 500 Mts: Habilitación con plano (Hay que realizar el Estudio de Impacto Ambiental Ley 123). Lleva Plano de Incendio.

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3) ESTACIONAMIENTO Y ÁREA DE CARGA Y DESCARGA

Calcular Un módulo de estacionamiento que es igual a 15 mts2 y el área de carga y descarga de 30 mts2.
A continuación, se detalla las habilitaciones, certificados y trámites que deberán presentar ante una inspección:

TALLERES MECANICOS

– Plancheta de Habilitación Otorgada o Inicio tramite habilitación (Declaración Responsable)
– Plano de habilitación
– Tarjetas de matafuegos. Vencimiento
– Libretas sanitarias del personal. Vencimiento
– Botiquín de primeros auxilios
– Sanitarios con pisos impermeables
– Servicio de salubridad de uso público en perfecto estado de higiene y aseo
– Señalización medios de salida- Semáforo
– Disyuntores diferenciales
– Tapa protectora en tablero eléctrico
– Instalación eléctrica (220 V / 380 V) protegida con materiales aislantes y de cualquier contacto casual.
– Luces de emergencia
– Medición Puesta a Tierra, Jabalina, hasta un metro de cada maquinaria.
– Plano de ventilación mecánica, deberá concordar con lo ya existente (En caso que no Ventile)
– Certificado de desratización. Vencimiento
– Certificado de Limpieza de tanques
– Certificado Fisicoquímico del agua. (Anual)
– Estudio Bacteriológico (Semestral)
– Inscripción Generador Residuos Peligrosos. Ley 2214/GCBA
– Inscripción Generador Residuos Peligrosos Nacional Ley 24051- SIMEL

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TALLERES MECANICOS CON CHAPA Y PINTURA

– Todo lo anterior
– Inscripción Fuentes Fijas (Más de 25 HP)
– DDJJ Anual INA – Carpeta Técnica 
– Permiso de Factibilidad de Vuelcos.

HABILITACIONES:

Habilitación Municipal
Impacto Ambiental Ley 123
Inscripción Generador Residuos Peligrosos. Ley 2214/GCBA
Inscripción Generador Residuos Peligrosos Nacional Ley 24051 y SIMEL
Inscripción Emisiones Gaseosas de Fuentes Fijas Ley 1356 (Chapa y Pintura)
Permiso de Factibilidad de NO Vuelcos (Aysa)
Permiso de Vuelcos (Aysa)

Ley 5920 Sistema de Autoprotección
Entre otras.

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ORGANISMOS DE CONTRALOR QUE PUEDEN EXIGIR 
REQUISITOS DE FUNCIONAMIENTO

DGFyC (Dirección. General de Fiscalización y Control)

Ejerce la función de controlar y fiscalizar la seguridad, salubridad e higiene y condiciones de funcionamiento sobre establecimientos de todo tipo, inspecciona y controla las condiciones de seguridad de instalaciones eléctricas, sanitarias, mecánicas, electromecánicas, de elevadores, térmicas, y de prevención contra incendios, pudiendo realizar intimaciones de mejoras observadas y controlar su cumplimiento.

DGROC (Dirección. General de Registros de Obras y Catastro)
Ejerce el control, fiscalización, inspección y registro de obras civiles, públicas y privadas, nuevas o remodeladas, así como también las instalaciones eléctricas, sanitarias, mecánicas, electromecánicas, de elevadores, térmicas, inflamables y de cualquier otro tipo que sean adosadas a la obra.

DIRECCION DE SEGURIDAD DEL TRABAJO

Fiscaliza las condiciones físicas y funcionales de trabajo, la exposición a riesgos de los trabajadores, las medidas de previsión, prevención y protección contra causales de accidentes y minimización de riesgos de acuerdo al cumplimiento de la Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo (Ley 19587 Dto. 351/79)

DGCONT (DIRECCION GENERAL DE CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL) Esta repartición depende de la Subsecretaría de Control Comunal, ejerce el contralor y el Poder de Policía mediante la aplicación de las normas respectivas en materia de calidad ambiental, contaminación, higiene y salubridad.

SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE (REGISTRO DE RESIDUOS PELIGROSOS). Ley Nac 24051

Controla a nivel Nacional a través de un nuevo sistema llamado SIMEL la emisión de los manifiestos de residuos peligrosos, desde el generador, el transporte y el tratamiento del residuo por parte del Operador y de la planta tratadora. 

APRA Agencia de Protección Ambiental (GCBA)

Propone el control de la calidad ambiental a través de los siguientes registros, tales como. Residuos Peligrosos Ley 2214, Emisiones Gaseosas de Fuentes Fijas Ley 1356, Impacto Ambiental Ley 123, Estudio de Ruidos Ley 1540.

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INA (instituto Nacional del Agua) de corresponder.

Depende de la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Nación. Tiene por objeto el estudio, investigación, desarrollo y prestación de servicios especializados en el campo del aprovechamiento y preservación del agua para lo cual exige una presentación anual en donde se declara los vertidos de los usuarios.

Por: LIc. Liliana A. Ortiz
Gestion.ar especializada en Medio Ambiente
Mat.L002515 COPIME
gestionarcba@yahoo.com.ar