La AFIP ha extendido el plazo para la presentación y pago de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2023. Esta prórroga se formalizó a través de la Resolución General 5548, publicada en el Boletín Oficial el 12 de agosto.

La resolución establece un plazo excepcional durante el cual las declaraciones juradas y el pago de los impuestos se considerarán realizados en término, sin modificar las fechas de vencimiento originales. También se ha dispuesto un ingreso especial a cuenta con vencimiento en agosto.
Nuevas Fechas de Vencimiento:
- Presentación y Pago de Declaraciones Juradas:
- CUIT 0-1-2-3: hasta el 18/09/2024
- CUIT 4-5-6: hasta el 19/09/2024
- CUIT 7-8-9: hasta el 20/09/2024
- Pago del Saldo Resultante:
- CUIT 0-1-2-3: hasta el 19/09/2024
- CUIT 4-5-6: hasta el 20/09/2024
- CUIT 7-8-9: hasta el 23/09/2024

Ingreso Especial a Cuenta:
Para los contribuyentes que presenten y paguen hasta las fechas establecidas, se requiere un ingreso especial a cuenta del 40% sobre la base de cálculo de los anticipos del período fiscal 2023. Los vencimientos para este ingreso son:
- CUIT 0-1-2-3: hasta el 26/08/2024
- CUIT 4-5-6: hasta el 27/08/2024
- CUIT 7-8-9: hasta el 28/08/2024
Los contribuyentes que cumplan con los plazos de presentación y pago no estarán obligados al ingreso especial y podrán optar por el plan de facilidades de pago para impuestos anuales.

Prórroga de Anticipos de 2024:
La AFIP, mediante la Resolución General 5541, también ha prorrogado los vencimientos para los anticipos 1 y 2 del impuesto a las ganancias de personas humanas para el año 2024:
- 1° Anticipo:
- CUIT 0, 1, 2, 3: 14/10/2024
- CUIT 4, 5, 6: 15/10/2024
- CUIT 7, 8, 9: 16/10/2024
- 2° Anticipo:
- CUIT 0, 1, 2, 3: 13/11/2024
- CUIT 4, 5, 6: 14/11/2024
- CUIT 7, 8, 9: 15/11/2024
Fuente: CESGAR – Cámara de Estaciones de Servicio, Garages y Afines de Rosario