
Oportunamente, según la Resolución General 4292, se estableció la exigencia de suplantar gradualmente los equipos identificados como de” Vieja Tecnología “por los de “Nueva Tecnología”.
La RG 4444/2018 de la AFIP, estableció que todos los comercios del país deben efectuar el recambio tecnológico de los sistemas de facturación.
La cantidad de controladores fiscales que tenga habilitados el contribuyente marcará los plazos para efectivizar.

La totalidad de equipos de primera generación, deberán ser sustituidos de modo obligatorio por los equipos de segunda generación, de acuerdo a este cronograma:
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CANTIDAD DE EQUIPOS DE “VIEJA TECNOLOGÍA” HABILITADOS |
FECHAS PARA EL REEMPLAZO DE “VIEJA” A “NUEVA” TECNOLOGÍA |
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Mayor o igual a cincuenta (50) |
1/5/2021 – 30/6/2021 |
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Once (11) y cuarenta y nueve (49) |
1/7/2021 – 31/8/2021 |
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Cinco (5) y diez (10) |
1/9/2021 al 31/10/2021 |
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Tres (3) y cuatro (4) |
1/11/2021 – 31/12/2021 |
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Uno (1) o dos (2) |
1/1/2022 – 28/2/2022 |
Para más información escribinos a contacto@grupofaros.com.
Por: Pablo McCarthy
Fuente: Touch Screen Argentina