Gobierno implementa VUPRA para trámites automotores


El Ministerio de Justicia dispuso la creación de la Ventanilla Única de Pago Registral Automotor (VUPRA), un sistema digital que centralizará el pago de aranceles, impuestos, tasas y multas vinculadas a trámites registrales de automotores en todo el país.

Gobierno implementa VUPRA para trámites automotores

La medida fue formalizada mediante la Resolución 572/2025 publicada en el Boletín Oficial. La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios será la autoridad de aplicación y responsable de la implementación del sistema, que entrará en vigencia el 1 de noviembre de 2025.

La decisión alcanza a todas las personas físicas y jurídicas que realicen trámites de inscripción, radicación o transferencia de dominio de automotores. El objetivo principal de la VUPRA es simplificar y digitalizar los pagos que, hasta ahora, requerían gestiones en distintas plataformas y organismos, tanto nacionales como locales.

Gobierno implementa VUPRA para trámites automotores

El nuevo sistema se enmarca en la emergencia pública declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N.º 70/2023, que habilitó reformas para la modernización y digitalización de la administración pública. En los considerandos de la norma, se señala que la VUPRA busca optimizar servicios, simplificar procedimientos y mejorar la atención mediante el uso intensivo de tecnologías de la información.

La implementación no implica delegación ni transferencia de facultades tributarias. La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor deberá limitarse a sus funciones registrales y podrá dictar normas aclaratorias y complementarias para la correcta aplicación del sistema.

Gobierno implementa VUPRA para trámites automotores

El Gobierno invitó a las provincias, municipios y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir al régimen de la VUPRA. La adhesión permitirá gestionar de manera integrada los pagos de radicación, transferencia de dominio e infracciones de tránsito. Cada jurisdicción deberá definir su incorporación para que puedan cobrarse impuestos, tasas y multas locales.

La resolución establece que la falta de pago de impuestos o multas de tránsito no impedirá la prosecución del trámite registral, en línea con el artículo 9° del Régimen Jurídico del Automotor.

Para poner en marcha el sistema, se derogaron las resoluciones que regulaban el cobro presencial y en efectivo de aranceles en los Registros Seccionales, en particular la Resolución N.º 2047/1986 y sus modificatorias. Además, se fijó un plazo máximo de 45 días corridos desde la publicación en el Boletín Oficial para realizar las adecuaciones técnico-registrales necesarias.

Fuente:  infobae

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