Biocombustibles sin tope para uso en embarcaciones


Biocombustibles sin tope para uso en embarcaciones

La Secretaría de Energía autorizó oficialmente el uso de biocombustibles en embarcaciones e incorporó la figura del “Operador de Bunker” en el registro de actividades habilitadas. La medida tiene como objetivo promover energías limpias y reducir emisiones en el sector naval.

A través de la Resolución 252/2025, publicada en el Boletín Oficial, se habilitó el uso de biocombustibles en estado puro o mezclados con combustibles fósiles para embarcaciones fluviales y marítimas, de forma voluntaria y siempre que los motores sean compatibles.

La medida se enmarca en la Ley 27.640, vigente hasta 2030, que faculta a la Secretaría a establecer las condiciones para su comercialización y uso.

Biocombustibles sin tope para uso en embarcaciones

Hasta ahora, el uso de biodiesel en embarcaciones estaba excluido por la Resolución 689/2022. Con la nueva norma se habilita su uso optativo y se incorpora la categoría de “Operador de Bunker”, quien podrá suministrar biocombustibles a embarcaciones.

El artículo 1° establece: “Autorízase la utilización de biocombustibles en estado puro o mezclados en distintos porcentajes con combustibles fósiles en embarcaciones fluviales y marítimas, a elección del usuario, y siempre que el motor propulsor sea compatible”.

El artículo 2° actualiza el Anexo I de la resolución anterior para incluir esta nueva figura y sus requisitos.

Biocombustibles sin tope para uso en embarcaciones

La medida se fundamenta en el crecimiento global del uso de biocombustibles en el transporte naval, por su capacidad de reducir las emisiones del sector. Además, se abren oportunidades para la producción local, especialmente en corredores como la Hidrovía Paraná-Paraguay.

Los nuevos operadores deberán cumplir condiciones sobre almacenamiento, trazabilidad, calidad y compatibilidad técnica con las embarcaciones. El uso no será obligatorio y cada usuario deberá verificar si su motor admite este tipo de combustibles.

Con su entrada en vigencia, las empresas pueden comenzar los trámites para inscribirse como Operadores de Bunker y ofrecer el servicio de suministro de biocombustibles.

Fuente: CECHA

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